Solidar tiene la firme decisión de proporcionar el Certificado Solidar, en las modalidades y requisitos previstos en sus Bases de Concesión, a todas aquellas Entidades que colaboran en la inserción laboral de los discapacitados, así como se compromete a que sus actuaciones principales se dirijan a la difusión del Certificado, principalmente dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, para que su significado y conocimiento se vaya extendiendo entre todas las esferas de la Sociedad: Instituciones Públicas y Privadas, Empresas, Despachos Profesionales, y Comunidad Civil, de forma que el titular de un Certificado Solidar sea reconocido en dichos ámbitos como socialmente responsable en el cumplimiento de las Leyes que protegen a las personas con alguna discapacidad.
Su Certificado reconoce el esfuerzo de las organizaciones comprometidas con la discapacidad.
Cómo disponer de un distintivo que así lo acredite ante la sociedad civil o la Administración Pública.
Tipos de certificados a Empresas, Empresarios, Profesionales Liberales o Instituciones.
Realiza tu solicitud para la concesión del Certificado Solidar.
El Jurado de Concesión está compuesto por un mínimo de seis miembros, que representen a Entes Públicos y Privados de reputación.
La concesión del Certificado Solidar autoriza a que los certificados puedan utilizar en todos sus documentos físicos y/o electrónicos de la empresa, el logo correspondiente a la categoría del Certificado emitido
La Asociación sin ánimo de lucro de Empresarios Solidarios – Aragón “Solidar”, de acuerdo con lo establecido en los párrafos 4º y 6º del Artículo 4º de sus Estatutos, aprobados por la Asamblea celebrada en fecha 26 de Septiembre de 2011 en su Acta Fundacional, promueve que todas aquellas Empresas – personas físicas o jurídicas – e Instituciones que deben cumplir el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre (BOE de 3 de Diciembre), que deroga a la Ley 13/1982 (LISMI), y están al corriente de sus obligaciones con la misma, puedan disponer de un distintivo que así lo acredite ante la sociedad civil o la Administración Pública.
De igual forma, las Empresas, Profesionales Liberales o Instituciones que, sin encontrarse obligados por esa misma Ley, muestran su sensibilidad hacia el colectivo de las personas con discapacidad cumpliendo en todo o en parte los requisitos de la misma, hace que deban ser valorados a efectos de esta misma acreditación, incluso de una forma más significativa.
También deben tener un reconocimiento especial Empresas o Instituciones que, sujetas a la Ley, no sólo la cumplen sino que la rebasan de forma más o menos amplia. El distintivo que confirma estos cumplimientos se concreta en el “Certificado Solidar”, el cual acredita que el titular del mismo cumple los requisitos de concesión a fecha 31 de Diciembre del año anterior a su obtención.
La primera modalidad, denominada Certificado Una Estrella, de carácter básico, reconoce que la Empresa, Empresario, Profesional Liberal o Institución que:
a) Estando obligados por la Ley, cumplen lo requerido mediante la contratación directa de personas con discapacidad, o mediante la aplicación de las medidas alternativas previstas legalmente, que confieren el mismo grado de cumplimento.
b) Sin estar obligados por la Ley, mantienen contratada una o más personas con discapacidad, o aplican medidas alternativas por el equivalente al 25% del importe mínimo previsto en la Ley para los de mayor tamaño.
La segunda modalidad, denominada Certificado Dos Estrellas, de carácter meritorio, se dirige al reconocimiento de las Empresas, Empresarios, Profesionales Liberales, o Instituciones que:
a) Sin estar obligados por la Ley mantienen contratada una o más personas con discapacidad, o aplican medidas alternativas por el equivalente al 50 % de los importes previstos en la Ley.
b) Estando obligados por Ley, superan en un 50 % sus obligaciones legales: Bien porque cuentan con un 3 % o más de empleados con discapacidad dentro de su plantilla. O bien, porque aplican en un 150 % o más alguna de las medidas alternativas previstas por la Ley.
La tercera modalidad, denominada Certificado Tres Estrellas, de carácter excepcional, reconoce toda la trayectoria de aquella Empresa, Empresario, Profesional Liberal ó Institución que, tanto si tienen obligaciones como si no están sujetos a ellas, están realizando acciones en favor de la inserción laboral del colectivo de personas con discapacidad, de tal forma que su actividad pueda considerarse como un ejemplo integral en esta materia.
Serán valoradas especialmente aquellas organizaciones que durante varios ejercicios vengan demostrando su compromiso social mediante: Programas con éxito en la inserción laboral laboral de personas con discapacidad. Dedicación altruista de recursos a la formación de trabajadores de ese mismo colectivo. Recojan en sus programas la aportación periódica de recursos económicos a Organizaciones o Fundaciones promotoras de puestos de trabajo para trabajadores con discapacidad. Otras actividades no relacionadas, pero que de forma permanente hayan favorecido de forma fehaciente la integración de trabajadores del colectivo.
Las solicitudes para la concesión del Certificado Solidar podrán realizarse por parte de:
La Empresa, Empresario, Profesional Liberal o Institución, con interés en su concesión para su propia utilización.
A propuesta de cualquier miembro de la Junta Directiva de Solidar para aquellos de los que tenga constancia de sus actuaciones en materia de discapacidad.
A propuesta de cualquier Fundación, ONG, Centro Especial de Empleo, o Institución, que lo solicite para terceros de los que consideren que son potenciales titulares del mismo, por igual motivo que el citado anteriormente.
El Jurado de Concesión, para todas las modalidades, estará compuesto por un mínimo de seis miembros, que representen a Entes Públicos y Privados de reputación. En cualquier caso, será miembro permanente del Jurado de Concesión, un representante de Solidar, que actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto. El resto de miembros podrán ser, entre otros:
Representantes de Universidad Pública y/ó Privada.
Organismos de la Administración, relacionados con el empleo y la discapacidad.
Asociación y/o Federación representativas del colectivo de personas discapacitadas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Confederaciones de Empresarios y/o Cámaras de Comercios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Sindicatos de los trabajadores.
La composición del Jurado de Concesión, se concretará con carácter previo a cada Junta General Ordinaria de la Asociación Empresarios Solidarios – Aragón, tras haber consultado la designación de los nombres con las Instituciones indicadas.
En el acuerdo de concesión del Certificado Solidar, el Jurado incluirá de forma explícita la autorización para que los beneficiarios puedan utilizar en todos sus documentos físicos y/ó electrónicos de la Empresa el logo correspondiente a la categoría del Certificado emitido. Dentro de la página web de Solidar se habilitará un apartado denominado “Club de Solidarios” donde, a solicitud y con la autorización escrita de los beneficiarios de cada uno de los Certificados, podrá ser incluido el nombre de la Empresa, Empresario, Profesional o Institución correspondiente, que podrá incorporar su propio logo, y acceso mediante el mismo a página web propia donde describan sus actuaciones en materia solidaria, que deberá carecer de cualquier referencia comercial, aun cuando podrá incorporar otro enlace al sitio donde se describa cualquier otra publicidad de actividades empresariales, profesionales o institucionales.
El Certificado Solidar sólo puede ser utilizado por el titular del mismo y siempre asociado al nombre de la Empresa, Institución o Profesional (el que figura en el Certificado) y su número correspondiente.
El certificado se hace entrega en forma de archivo informático, en los colores establecidos para el mismo: rojo, amarillo, cyan, azul y negro (Pantones : Red 032C, Yellow C, Process Cyan, Blue 72 C, y Black). El titular sólo podrá reproducir el mismo en idéntica forma a la entregada y en los colores que se han reseñado. Sin embargo, las dimensiones del Certificado pueden ser modificadas para adaptarlas a los soportes que utilice el titular, siempre que se conserven las proporciones originales y que el número del Certificado sea legible. Siempre que se utilice un Certificado Solidar, éste deberá aparecer en el soporte correspondiente junto con el nombre del titular del mismo, quedando expresamente prohibido unir el logotipo Solidar a cualquier producto o servicio de forma aislada.
Si estás interesado en solicitar el Certificado Solidar para tu empresa o quieres más información, no dudes en contactarnos.
Llámanos: 976 76 60 70
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